este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCION en la solicitud de homologación de convenimiento de obligación de manutención recibida en fecha 28 de abril del 2015, incoada por el ciudadano: JOSE JEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro.V-18.225.987, actuando en su carácter de Defensor de Niños, Niñas y Adolescente de La Defensoría Educativa "Convivir en Paz, registrada ante el Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Bolívar del Estado Barinas, bajo el Nro.006/2014, mediante la cual solicita la Homologación del Acuerdo (Obligación de Manutención), celebrado en fecha 19 de Mayo de 2015, entre los ciudadanos: EUDIS ANTONIO CABEZAS CASERES y NEYVIS.....