Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCION en la demanda revisión de obligación de manutención recibida en fecha en fecha 04 de octubre de 2016, se le dio entrada en fecha 05/10/2016, y se admitió en fecha 11 de octubre del mismo mes y año, la presente demanda de Revisión de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana KETTY DEL CARMEN GARIZABAL CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-16.556.455, domiciliada en La Cochinilla, sector Las Palmas, callejón 32, casa Nº 32, teléfono 0424-5408491, Barinitas Municipio Bolívar del Estado Barinas, actuando en representación de su hijo, el niño SE OMITE EL NOMBRE de tres (03) años de edad. Así se declara. Déjese c.....