Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCION en la demanda fijación de obligación de manutención recibida en fecha en fecha 21 de julio de 2017, se recibió, se le dio entrada, y se admitió la presente demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana MARIA ANGELICA ARQUIZONES MOSQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-23.002.327, teléfono (0426) 3792775, domiciliada en el sector Moromoy II, Vereda 3, Casa 12, Barinitas Municipio Bolívar, Estado Barinas; sen su condición de madre y representante del niño (se omite el nombre)de cinco (05) años de edad. Así se declara. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines .....