este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 y 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: como Únicos y Universales Herederos del De-Cujus, ISILIO LEAL, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-2.496.814, domiciliado en el caserío Cobalongo, vía Calderas, casa S/N, parroquia Altamira, del Municipio Bolívar del Estado Barinas, fallecido ab-intestato en fecha 04 de febrero del año 2016, a consecuencia de: INFARTO AL MIOCARDIO, en el Hospital Nuestra Señora del Carmen, de la Parroquia Barinitas Municipio Bolívar del Estado Barinas a los ciudadanos: ENELINA DEL CARMEN VERGARA DE LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de ide.....