En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE LA CONVERSION EN DIVORCIO, solicitada por los ciudadanos JUAN FRANCISCO MORENO UZCATEGUI y AIDA MARGARITA VALERO DIAZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.203.249 y V-7.542.056 respectivamente.