En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, y tomando en consideración las Resoluciones Nros.2014-0030 de fecha 13 de Agosto del 2014 y 2014-0009 de fecha 12 de Marzo del 2014, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la Demanda por fijación de la obligación de manutención, intentada por la ciudadana ROXANA ABIGAIL SANTIAGO MOLINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro.V-20.600.115, domiciliada en el sector Santa Clara, Avenida Rocha (intercomunal Barinas-Barinitas), Casa Nro.24 de la Parroquia Barinitas, del Municipio Bolívar, del estado Barinas, actuando en representación de su hija(SE OMITE), de cuatro (04) años de edad, en contra del ciud.....