V
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición formulada por el abogado en ejercicio ANDRES ALBERTO VIRLA VILLALOBOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 124.185, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CARMEN PAVAN GONZALEZ y JUAN BERNARDO LIZIO PAVAN, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nos. V-4.521.520 y 18.394.471, respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia; y de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LIZIO PAVAN C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha once (11) de febrero de 2005, anotada bajo el No 74, Tomo 9-A.
SEGUNDO: SE RATIFICA LA MEDIDA CA.....