´DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE ORDENA el levantamiento de la medida cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha veintiocho (28) de Marzo de 2007, y la cual recayó sobre: Un inmueble constituido por una casa de habitación familiar, enclavado en un terreno propio que mide setecientos cincuenta metros cuadrados (750mts2) ubicado en la Avenida 15, jurisdicción del Municipio Chiquinquirá, Distrito Maracaibo, hoy Municipio Maracaibo, Estado Zulia, alinderado de la siguiente manera NORTE: limita con inmueble de Roman Bracho; SUR: linda con propiedad que es o fue de Jose Jaume, ESTE: tiene por lindero la avenida 15; y OESTE: limita con el cementerio municipal redondo, el referi.....