Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE la presente demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, NULIDAD DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO VERBAL Y COBRO DE CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, propuesta por los ciudadanos DIUNIRIS FILIMENA DEL MATTO SARCOS, GEOVANNI JOSÉ DEL MATTO SARCOS, MIGUEL ANGEL DEL MATTO SARCOS, DESIREE DEL CARMEN DEL MATTO SARCOS y DELAINY CHIQUINQUIRA DEL MATTO SARCOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.781.788, V-10.681.910, V-12.136.225, V-13.939.634 y V-14.808.290 respectivamente, domiciliados en el municipio Catatumbo del estado Zulia, contra la Sociedad Mercantil ESTACIONAMIENTO Y SERVICIO DE GRUA M.C.M., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del.....