a) CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentada por la ciudadana ROSA MOLINA RODRIGUEZ, en contra del ciudadano LARRIN JOSÉ ESCANDELA MORAN, ya anteriormente identificados,
b) En acatamiento al criterio emitido por la Sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Constitucional SE MANTIENE VIGENTE la medida preventiva de embargo decretada por este Tribunal en fecha 10 de Noviembre de 2011, modificada en fecha 13 de diciembre de 2011, por el lapso de tres meses contados a partir de la publicación de la presente decisión.
c) Se ordena el ARCHIVO del presente expediente.