PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por los Profesionales del Derecho EDINSON PALMAR TORRES y OSWALDO GARCÍA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 28.478 y 295.548, actuando con el carácter de Defensores Privados del ciudadano HIGINIO RAFAEL ALFARO SUCRE, titular de la cédula de Identidad Nº V-5.906.391; en contra de la decisión No. 067-2024, emitida en fecha 13 de enero de 2024, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 439 numerales 4° y 5° del Código Orgánico Procesal Penal,
SEGUNDO: ADMISIBLE el escrito de contestación presentado por las Profesionales del Derecho SANDRA CAROLINA ANTÚNEZ PÍRELA, actuando en su carácter de Fiscal Provisoria y BLANCA MARÍA MEDINA CHAGARAI, actuando en su.....