Se constituyó el Tribunal a las puertas de un inmueble constituido por una extensión de terreno constante de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS (2.627,48), distinguida como porción "D" y las bienhechurías sobre ella construida, ubicado en la Urbanización Industrial La Guacamaya, Avenida Lisandro Alvarado número cívico 114-147, Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia del Estado Carabobo, donde funciona la Sociedad de Comercio KIM KOREA, C.A., en compañía de los abogados VICTOR SCOCOZZA Y JUAN JOSE PLASENCIA, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 32.875 Y 122.198, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano JAVIER LOPEZ MIGUEL, a los fines de practicar las medidas de Secuestro y Embargo Preventivo decretadas por el comitente. El Tribunal procede a dar los tres (3) respectivos toques de Ley, sin recibir respuesta alguna ni del interior ni del exterior del inmueble. La parte actora se comunicó tel.....