Se trasladó y constituyó el Tribunal en un inmueble distinguido con el N° 02, el cual es parte integrante del Terminal Big Low Center, situado en la Urbanización Industrial Castillito, Jurisdicción del Municipio San diego del Estado Carabobo. Se notificó de la misión al ciudadano José Honorio Uzcátegui Castro, titular de la cédula de identidad N° V- 9.159.511, en su carácter de demandado. Se practicó medida de Secuestro sobre el inmueble donde se encontraba constituido el Tribunal y se puso en posesión de la depositaria judicial designada quien lo recibió libre de bienes y personas. Se practicó medida de embargo preventivo sobre los bienes descritos en el acta y el avalúo de los mismos fue la cantidad de Bs. 5.800.000,00 y los mismos fueron trasladados por las depositaria designada hasta su sede. El demandado se encontraba asistido por los abogados Sergio Octavio Novalinki y Johnny Jordan Loaiza.-