Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, sociedad mercantil INVERMALL VENEZUELA 6 F C.A.; SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadano WU FEILONG; TERCERO: SE REVOCA la sentencia dictada el 16 de junio de 2015 por el Juzgado Octavo de de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante la cual se declara inadmisible la demanda.