PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la parte actora en contra de la sentencia dictada el 03 de julio de 2003 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial; SEGUNDO: SE CONFIRMA el dispositivo del fallo apelado, que declaró CON LUGAR la cuestión previa promovida por el demandado contenida en el ordinal 10° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referida a la cosa juzgada, conforme a los razonamientos contenidos en esta decisión; TERCERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 356 del Código de Procedimiento Civil, la demanda intentada queda desechada y extinguido el proceso.
De conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en Costas a la parte actora por haber resultado vencido en el presente fallo.