Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la co-demandada TAHYDE COROMOTO RIVAS DE SÁNCHEZ; SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada en fecha 6 de marzo de 2019, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: SE NIEGA la solicitud de reposición de la causa formulada por la ciudadana TAHYDE COROMOTO RIVAS DE SÁNCHEZ y SE ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, oficie al Consejo Nacional Electoral a los efectos de determinar o esclarecer el lugar de residencia del co-demandado JU.....