PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION celebrada entre las partes, pasada en autoridad de cosa juzgada y en consecuencia, se declara TERMINADO EL PRESENTE JUICIO. SEGUNDO: SE SUSPENDE la medida de embargo provisional decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 03 de Abril de 2.002. Todo en el juicio seguido por el ciudadano ATILANO OROZCO GARCES contra la ciudadana ANA FRANCISCA GARCIA QUINTERO por COBRO DE BOLIVARES y NULIDAD DE CONTRATO.