Primero: Sin Lugar el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de los autos dictados el 12 de febrero de 2008, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; Segundo: Se confirman los autos recurridos en todas y cada una de sus partes, que declaran sin lugar la oposición a las pruebas formuladas por la parte demandante y, donde se admite y reglamenta las pruebas promovidas por la misma.