UNICO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la abogada Hindrid Pantoja Corrales, procediendo en su carácter de apoderada de la parte demandante Ana Eduvigis Cumana, en contra de la decisión dictada el 09 de agosto de 2010, por la Jueza Unipersonal N° 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y, en consecuencia SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión apelada, mediante la cual se declaró EXTINGUIDO EL PROCESO de conformidad con lo previsto en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. Todo en el juicio de Divorcio interpuesto por la ciudadana Ana Eduviges Cumana contra el ciudadano José Sebastián Parra Rangel.