PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por el abogado JUAN CARLOS VEROES PEÑA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante, ciudadano EDGAR RAUL OROPEZA ALVAREZ; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada en fecha 26 de mayo de 2009, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró SIN LUGAR la querella interdictal de restitución por despojo intentada por el ciudadano EDGAR RAUL OROPEZA ALVAREZ, en contra de los ciudadanos MANUEL SEQUERA ALVARADO y OSCAR MAURICIO SANTOS ORJUELA. Se condena en costas a la parte querellante por haber resultado confirmado el fallo apelado, de conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.