De una revisión del contenido del presente expediente, se constata que tanto el recurrente en amparo, ciudadano SALMAN WAHEB WAHEB, como los terceros interesados, ciudadanos MARIO LA MARTINA DEBOLE y PAOLA BALESTRERI DE LA MARTINA, no han instado el procedimiento desde hace más de cuatro (04) años, lo que denota una perdida del interés, razón por la cual este tribunal ordena su notificación a los fines de que informen en un lapso de tres días (03) siguientes a la constancia en autos de su notificación, las razones por las cuales non ha instado el procedimiento y asimismo informen si se encuentra vigente la violación denunciada.
Por cuanto tanto el accionante en amparo como los terceros interesados no señalaron una dirección procesal a los fines de practicar su notificación, se acuerda la notificación cartelaria a las puertas de este juzgado. LIBRENSE CARTELES DE NOTIFICACIÓN.