UNICO: LA PERDIDA DEL INTERES, comprendida en el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, en contra de la decisión dictada en fecha 06 de diciembre de 1.999, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, y en consecuencia, SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia. Todo en el juicio seguido por la ciudadana RHODE MARGARITA RUIZ GARCIA contra los ciudadanos MARIO ANGEL LACAVA y CARLOS MIJARES YANCE por INTERDICTO POR DESPOJO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en Costas a la parte demandante por haber resultado vencida en el presente fallo.