Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadano JOSÉ RAMÓN MIERES LUCENA; SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada en fecha 30 de octubre de 2015 por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: CON LUGAR la demanda por resolución de contrato de opción de compraventa interpuesta por la sociedad mercantil CHALET INVERSIONES C.A. en contra del ciudadano JOSÉ RAMÓN MIERES LUCENA; CUARTO: SE RESUELVE el contrato de opción de compraventa celebrado mediante documento autenticado ante la Notaría Pública de Guaca.....