Por los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por el accionante en amparo, ciudadano RAFAEL SANTIAGO DÍAZ CEBALLOS; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 20 de noviembre de 2018 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano RAFAEL SANTIAGO DÍAZ CEBALLOS, en contra del ciudadano ROMÁN JORGE PRYPCHAN SAYAGUÉS.