Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadana CARMEN ROSA PAIVA ESPAÑA; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada el 16 de junio de 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declara SIN LUGAR la acción mero declarativa interpuesta por la ciudadana CARMEN ROSA PAIVA ESPAÑA, en contra del ciudadano PEDRO ELÍAS MILLÁN REYES.
Se condena en costas procesales a la parte demandante, por cuanto la sentencia recurrida resultó confirmada en atención al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.