Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: INADMISIBLE la demanda de cumplimiento de contrato interpuesta por los ciudadanos ASDRÚBAL RAFAEL RODRÍGUEZ DE LA ROSA y BIANCA ANDREA CHINEA VILLA en contra del ciudadano EDWARD MOUSSAWER YEBAILE, lo que acarrea LA NULIDAD de todas las actuaciones procesales, incluyendo el auto de admisión de la demanda de fecha 16 de julio de 2013 y la sentencia definitiva dictada en fecha 23 de noviembre de 2015 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
No hay condenatoria en costas procesales, dada la naturaleza del presente fallo.
Notifíquese a las partes.
Se ordena remitir el presente expediente al tribu.....