VI
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el ciudadano FRANCISCO JOSÉ DI CRISCIO FERRER, actuando como administrador de la sociedad de comercio INVERSIONES CUMAPIRA C.A. en contra del abogado PEDRO LUÍS ROMERO PINEDA, juez provisorio del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Se ordena remitir el presente expediente al tribunal de origen en la oportunidad correspondiente.