VI
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo En Lo Civil, Mercantil, Bancario Y Del Tránsito De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadano ETEMILSO BAÑOS BAÑOS; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada en fecha 20 de febrero de 2019 por el Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: CON LUGAR la demanda de desalojo interpuesta por la sociedad de comercio FRIGORÍFICO BORJAS C.A., en contra del ciudadano ETEMILSO BAÑOS BAÑOS; CUARTO: SE ORDENA el desalojo del inmueble arrendado, en consecuencia, el arrendatario demandado, ciudadano ETEMILSO BAÑOS BAÑOS, deber.....