PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadano Alfredo Ramón Granadillo Jiménez; SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada el 08 de marzo de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Puerto Cabello; TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Puerto Cabello, fije nueva oportunidad para la celebración del primer acto conciliatorio, previa notificación de la parte demandada.
No hay condena en costas dada la naturaleza de la presente decisión.