Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadana ANGIE SABRINA PACHECO CÁCERES; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada el 20 de octubre de 2016 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: CON LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato intentada por la ciudadana ZULLY GREGORIS PEÑA PONCE en contra de la ciudadana ANGIE SABRINA PACHECO CÁCERES; CUARTO: SE ORDENA a la parte demandada, ciudadana ANGIE SABRINA PACHECO CÁCERES dar cumplimiento al contrato de promesa bilateral de compraventa autenticado ante la Oficina de Registro Público con Funciones No.....