PRIMERO: CON LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por el abogado Bulmaro Peña Rosales, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano RAMÓN FRANCISCO PINTO FUENTES; SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado el 29 de marzo de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que dejó sin efecto el auto de fecha 2 de febrero de 2011. No hay condena en costas dada la naturaleza de la presente decisión