Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la querellante, ciudadana VANNESSA CAROLINA CHACÓN ESCOBAR; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 2 de octubre de 2019 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante la cual se declara INADMISIBLE la querella interdictal restitutoria interpuesta por la ciudadana VANNESSA CAROLINA CHACÓN ESCOBAR, en contra de los ciudadanos JUAN ESCOBAR, MIGUEL ESCOBAR, TEÓFILO ESCOBAR, ROSA ELENA ESCOBAR, NORMA JOSEFINA ESCOBAR, DIANNY MAYRUBY REQUENA ESCOBAR y ANA ANTONIA ESCOBAR.
No hay condenatoria en costas procesales por cuanto la declaratoria d.....