PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la parte demandada contra la decisión dictada el 12 de febrero de 2001 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión apelada, conforme a los razonamientos contenidos en este fallo; TERCERO: CON LUGAR la demanda por reconocimiento de comunidad por lo que se declara la existencia de la comunidad en la propiedad en proporción a la cuota dineraria reconocida en el Acta de Remate del inmueble consistente en una extensión de terreno propiedad que fue del ciudadano ALFREDO CASTELLANO RICARDI, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Nirgua del Estado Yaracuy, bajo el N° 47, Protocolo Primero, Tomo 1°, de fecha 28 de agosto de 1978, ubicado en el Sector conocido como Cruje Arriba, Jurisdicción del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, comp.....