PRIMERO: CON LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada el 05 de diciembre de 2001, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: Se declara LA IMPROPONIBILIDAD de la pretensión del demandante por la falta de cualidad del demandado para sostener el presente juicio y; TERCERO: SE REVOCA en todas y cada una de sus parte la sentencia apelada.
Se condena en Costas a la parte actora por haber resultado vencida en el presente juicio.