Primero: Sin Lugar el recurso procesal de apelación ejercido por el abogado William Enrique Curiel González, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Maria Auxiliadora Ceballos de Lugo, Liliana Elena Lugo Ceballos, Lisbeth Mercedes Lugo Ceballos, Laura Marina Lugo Ceballos y Jesús Ernesto Lugo Ceballos, parte demandada en el presente juicio, en contra de la sentencia definitiva publicada en fecha 31 de marzo de 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; Segundo: Se Confirma la sentencia recurrida que declaró con lugar la demanda