Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano HASSAN SLEIMAN, actuando en nombre y representación de ZAINAB YOUSSEF ABOUDIAB, en contra del auto de fecha 13 de octubre de 2017 dictado por el Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que negó escuchar el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia dictada por el mismo tribunal el 25 de septiembre de 2017.
No hay condenatoria en costas procesales dada la naturaleza de la presente decisión.