PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, sociedad mercantil CASA LUZ, COMPAÑÍA ANONIMA (CALUZCA), SEGUNDO: SE SONFIRMA la sentencia definitiva dictada en fecha 22 de junio de 2011 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró SIN LUGAR la demanda de nulidad de contrato de arrendamiento interpuesta por la sociedad mercantil Casa Luz, C.A. contra la sociedad mercantil Inversora Mercantil, S.A.
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado confirmado el fallo apelado, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a las partes.
Remítase el presente expediente al Tribunal de origen en la oportunidad correspondiente.