UNICO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por los ciudadanos CARLYN JOSÉ SÁNCHEZ y DARLING SÁNCHEZ, en contra de la sentencia de fecha 30 de junio de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, con motivo del juicio por resolución de contrato de arrendamiento intentada por la sociedad mercantil POLÍMETROS LA ELVIRA, C.A. contra la sociedad mercantil ALMACENADORA FRAL, C.A., acción que se encuentra contenida en el expediente signado con el Nº 8267 (nomenclatura de ese tribunal). No hay condena en costas procesales por cuanto la acción no la percibe este juzgador como temeraria.