Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante ciudadanos JOSÉ ALBERTO SCHWARCK MONTILLA e ISMELDA JOSEFINA SCHWARCK RUI; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 25 de mayo de 2018, por el Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo,
mediante la cual SE SUSPENDE la medida cautelar de secuestro decretada en fecha 30 de noviembre de 2017.