Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo En Lo Civil, Mercantil, Bancario Y Del Tránsito De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la ciudadana ELDA JOSEFINA MEJÍA LAMEDA, parte demandante en el juicio de reconocimiento de existencia de comunidad concubinaria y partición, en contra de la sentencia dictada en fecha 19 de junio de 2007 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de reconocimiento de existencia de comunidad concubinaria y partición interpuesta por la ciudadana ELDA JOSEFINA MEJÍA LAMEDA en contra de los ciudadanos ILDEMARO ACOSTA, ROBERTH ACOSTA, RUBÉN ACOSTA, CARLOS ACOSTA, FLORIGREG ACOSTA y JESÚS HO VALLES ACOSTA.