Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadana KARELIS IVONNE MIDLA RENGIFO; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 7 de noviembre de 2014 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual declara 1.- CON LUGAR la autorización de separación del hogar conyugal, solicitada por el ciudadano ÁNGEL ENRIQUE RIVOLTA GARCÉS; 2.- El lapso de separación entes acordado será por el tiempo que dure el presente juicio; 3.- SE ORDENA notificar de la presente decisión a la ciudadana KARELIS IVONNE MIDLA RENGIFO; 4.- SE ORDENA realizar inventario de los bienes comunes, es dec.....