PRIMERO: CON LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte actora en contra de la sentencia dictada el 31 de mayo de 2005 por el Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y, en consecuencia SE REVOCA la sentencia apelada en todas y cada una de sus partes, en los términos contenidos en esta decisión; SEGUNDO: CON LUGAR la acción de resolución de contrato intentada por la ciudadana YOLANDA YNES ZERPA REQUES contra el ciudadano OSWALDO MANUEL CABRERA REYES, en consecuencia se declara resuelto el contrato de venta a plazo celebrado por las partes ante la Notaría Séptima de Valencia del Estado Carabobo, en fecha 17 de agosto de 1999, inserto bajo el Nº 58 del Tomo 71 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaría; TERCERO: SE CONDENA al demandado o a quién ocupe el bien inmueble hacer a la ciudadana YOLANDA YNES ZERPA REQUES la entrega material del inmueble constituido por un aparta.....