PRIMERO: CON LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la parte demandada en contra de la decisión dictada el 18 de junio de 2004 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo, Marítimo y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Puerto Cabello; SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada y se ordena al Juez de la Primera Instancia emita una decisión sobre la admisibilidad de la reforma presentada por el demandado reconviniente, conforme a los razonamientos contenidos en la presente decisión. Todo en el juicio seguido por los ciudadanos CARMEN FELICIDAD GUERRERO GOMEZ y LUIS BELTRÁN VELIZ LOZADA contra la ciudadana MARIA ISABEL SOTO.
No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza de la presente decisión.