Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadano NAZARIO MADURO GUANIPA; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 26 de noviembre de 2014, por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró SIN LUGAR la demanda de cobro de bolívares intentada por el ciudadano NAZARIO MADURO GUANIPA, endosatario en procuración del ciudadano WILLIAM ANTONIO SALAZAR en contra de los ciudadanos DUBRA SCA ARICELIZ VARGAS ÁLVAREZ, ARGENIS DAVID NÚÑEZ MÁRQUEZ y YARITZA COROMOTO GONZÁLEZ.