CON LUGAR la Pretensión Constitucional intentada por el abogado RAFAEL HUMBERTO RAMOS BLANCO, manifestando actuar en su carácter de apoderado del ciudadano ANTONIO RAMÓN GUTIERREZ GAMARRO, en contra de la decisión dictada el 21 de agosto de 2002, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por haber incurrido el fallo accionado en violación directa al derecho a la defensa y al debido proceso y en consecuencia como fórmula restitutoria de la situación jurídica infringida SE DECLARA LA NULIDAD de la decisión dictada el 21 de agosto de 2002 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y en consecuencia se ordena la continuación del proceso judicial que se sigue ante la Primera Instancia.
Igualmente se establece que el presente mandato Constitucional es de CUMPLIMIENTO INMEDIATO, con todas las implicaciones jurídicas que.....