Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadano BAOWEI LI; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 1 de julio de 2016 por el Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: CON LUGAR la demanda de desalojo interpuesta por la sociedad
de comercio INMOBILIARIA VALENCIA S.R.L. en contra del ciudadano BAOWEI LI; CUARTO: SE ORDENA al arrendatario demandado, ciudadano BAOWEI LI, hacer entrega al demandante del inmueble arrendado, constituido por un local comercial con su respectiva mezzanina d.....