III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de regulación de competencia interpuesto por la parte demandada, ciudadano JOSÉ ULISES RAMÍREZ ALVARADO; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada el 6 de diciembre de 2022, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: CON LUGAR la cuestión previa de incompetencia contenida en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil que fue opuesta por la parte demandada y en consecuencia, SE DECLARA COMPETENTE para conocer el presente juicio de partición en razón de la materia, a los Tribunales de Primera Instancia de Protección de Niños,.....