Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, sociedad de comercio PANIFICADORA PASTELERÍA SAN RAFAEL C.A.; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 13 de agosto de 2018 por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró CON LUGAR la demanda de desalojo intentada por la sociedad de comercio INMUEBLES M & G 2011 C.A., en contra de la sociedad de comercio PANIFICADORA PASTELERÍA SAN RAFAEL C.A.; TERCERO: SE ORDENA a la demandada, sociedad de comercio PANIFICADORA PASTELERÍA SAN RAFAEL C.A. hacer entre.....