PRIMERO: CON LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por JOSÉ BALADO GONZÁLEZ en contra de la sentencia dictada el 16 de febrero de 2005, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE REVOCA en todas y cada una de sus partes la sentencia recurrida y se DECLARA SIN LUGAR la pretensión de disolución de sociedad intentada por los ciudadanos JUAN FERNÁNDEZ MOREIRA y JOSÉ RICARDO GONZÁLEZ contra el ciudadano JOSÉ BALADO GONZÁLEZ, conforme a los razonamientos contenidos en la presente decisión.
Se condena en Costas a la parte actora, por haber resultado vencida en el presente juicio en conformidad con el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil.