Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo En Lo Civil, Mercantil, Bancario Y Del Tránsito De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadano RICHARD GALLEGOS RACAMONDE; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 19 de septiembre de 2018 por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ERASMO GONZALO FLORES en contra del ciudadano RICHARD GALLEGOS RACAMONDE; CUARTO: SE ORDENA el desalojo y en consecuencia, el arrendatario debe hacer entrega sin plazo alguno al arrendador del local comercial objeto del contrato de arrendamiento, u.....